martes, 30 de abril de 2013

Capitulo I


Aplicación de la Ley n°7600 en el TEC
Capitulo1
I.              Introducción
            El presente trabajo está enfocado a la aplicación de la ley n°7600 en las instalaciones de la escuela de Ciencias de Lenguaje en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, durante el primer semestre del año 2013 con el fin de comprobar la vigencia y práctica de este estatuto y al mismo tiempo lograr informar de forma general, el objetivo de esta legislación.
            Es de suma importancia comprobar e informar  la aplicación de esta norma en el ITCR debido a que una parte importante de la población estudiantil que visita este centro posee alguna restricción física, que le imposibilita el acceso a diversas instalaciones de estas, para esto se tomara como referencia la Escuela de Ciencias de Lenguaje de este instituto.
            Esta investigación se logra mediante encuestas aplicadas a estudiantes de esta universidad, fotografías tomadas a las instalaciones, del lugar en estudio, además se pretende hacer una entrevista a una profesora de esta escuela, se pretende realizar un estado de la cuestión y marco teórico  para así considerar si se pone en práctica esta legislación.
A.   Generalidades del proyecto
             El tecnológico de Costa Rica (TEC), es una institución autónoma de educación superior universitaria, dedicada a la docencia, la investigación y  la extensión de la tecnología y ciencias conexas para el desarrollo de Costa Rica.
            La necesidad de un Instituto Tecnológico se empezó a construir en la administración del profesor don José Joaquín Trejos Fernández, entre 1966 y 1970, un debate público que discutía la competitividad de Costa Rica en los aspectos tecnológicos necesarios para alcanzar el desarrollo del país ya se hacía latente
            Los diputados Fernando Guzmán Mata y Jorge Luis Villanueva presentaron a consideración de la Asamblea Legislativa un proyecto de ley para crear en Cartago un Instituto Tecnológico Nacional.
            Los cartagineses  pronto se dieron cuenta de la importancia que tenía el establecimiento de una universidad en su territorio; por lo tanto, desde esa fecha fue en aumento la dedicación para alcanzar este propósito.
            La ciudadanía de la vieja metrópoli se unió para dar una batalla común en pro de este objetivo, por lo que el surgimiento de organizaciones cívicas cumplió una desprendida labor de promoción. Una de ellas fue el Comité  Pro-Tecnológico, presidido  por el insigne sacerdote y educador reverendo Isidro García; así mismo, la Unión Cartaginesa para el Desarrollo (UNICADE) se entregó a la tarea de preparar un plan que tituló Proyecto para el establecimiento del Instituto Tecnológico en la ciudad de Cartago.
            Para el jueves 10 de junio de 1971 se celebró en Cartago toda una fiesta cívica que conmemoraba y que concluía una etapa: la firma de Ley de Creación del Instituto Tecnológico de Costa Rica bajo el consecutivo  legislativo 4777.
            La misión del ITCR es "Contribuir al desarrollo integral del país, mediante información de recursos humanos, la investigación y la extensión; manteniendo el liderazgo científico, tecnológico y técnico, la excelencia académica y el estrícto apego a las normas éticas, humanísticas y ambientales, desde una perspectiva universitaria estatal de calidad y competitividad a nivel nacional e internacional." Es importante rescatar que dicha misión tiene armonía con el artículo 1 y 3 de la Ley Orgánica por lo que “este lineamiento está basado en la definición sin sobrepasar, sino la aclara, enriquece y la actualiza”.
            La visión es "El Tecnológico de Costa Rica será una Institución de reconocido prestigio nacional e internacional, que contribuirá decididamente a la edificación de una sociedad más solidaria, incluyente, respetuosa de los derechos humanos y del ambiente, mediante la sólida formación de recurso humano, la promoción de la investigación e innovación tecnológica, la iniciativa emprendedora y la estrecha vinculación con los sectores sociales y productivos.
Tomado de www.tec.ac.cr/, extraído el 30 de Abril del 2013.
B.   Justificación
            Es muy importante tener conocimiento sobre esta jurisdicción, ya que esta se deriva de los derechos humanos y su único propósito es dar una vida digna y sin ningún tipo de exclusión a las personas con dificultades motoras y físicas. Además, estar al tanto de esta ley permite exigir su cumplimiento para beneficio de las personas con estas dificultades.
            Es importante conocer el buen manejo de la ley n 7600, ya que este tema es muy común en estos días, sin embargo en ciertos lugares de las provincias de Costa Rica esta norma se incumple por diferentes motivos, se quiere hacer conciencia en los costarricenses sobre lo importante que es el reconocimiento de la aplicación correcta de esta jurisdicción con base a las personas que presentan alguna discapacidad.
                        Costa Rica es un país que ha fomentado la igualdad de oportunidades y se caracteriza por sus altos estándares en salud, educación y equidad social, lo que ha provocado que el desarrollo del país sea sostenible. La aplicación de la ley n° 7600 en nuestro país es un gran ejemplo a seguir para los demás países de Latinoamérica y el mundo.
            El cumplimiento de este estatuto es muy significativo para el desarrollo del país, ya que brinda oportunidad para toda la población, tanto jóvenes como adultos mayores, aumentando así el bienestar y mejoramiento de las actividades diarias, por este motivo es de mucha importancia el desarrollo y aplicación de todas las normas que exige esta ley. 
            En la comunidad de Alajuela centro, esta ley se aplica en diferentes lugares de una manera efectiva. Pero no en todo el lugar se lleva a cabo, la sociedad no se ha informado sobre este tema de tanta importancia. Este informe es relevante para enterar a la población debidamente, y ayudar a las personas necesidades citadas de la ley.
            A nivel institucional es importante el conocer esta norma debido a que una parte de la población estudiantil de esta universidad, necesita de instalaciones especiales, esta norma permite que las autoridades administrativas tomen en cuenta la necesidad que poseen dichas personas y  así elaborar accesos y estructuras adecuadas para estas personas.
C.   Planteamiento del problema
            ¿Se cumple la ley n°7600 en la escuela de ciencia de lenguaje del instituto tecnológico de Costa Rica, para los estudiantes del primer semestre del 2013 con el fin de comprobar la vigencia y práctica de este estatuto y al mismo tiempo lograr informar de forma general, el objetivo de esta legislación?
D.   Objetivos
General
1.    Analizar si se cumple la ley n°7600 en la escuela de ciencia de lenguaje del instituto tecnológico de costa rica, para los estudiantes del primer semestre del 2013 con el fin de comprobar la vigencia y práctica de este estatuto y al mismo tiempo lograr informar de forma general, el objetivo de esta legislación.
Específicos:
  1. Estudiar la infraestructura ofrecida por la escuela de ciencias de lenguaje para los estudiantes del primer semestre del  2013 en el ITCR en función del cumplimiento de la ley 7600.
  2. Verificar la existencia de trato preferencial para los estudiantes del primer semestre de la escuela de lenguaje del Instituto Tecnológico de Costa Rica que se encuentran protegidos por las disposiciones de la Ley 7600.
  3. Investigar la existencia de casos de discriminación hacia los estudiantes del primer semestre de la escuela de ciencias del lenguaje del TEC que son amparados por los lineamientos antidiscrimatorios definidos por la Ley 7600.

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